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Beneficios de la cobertura de las Contingencias Profesionales para trabajadores autónomos | Ingenieros BIZKAIA

Beneficios de la cobertura de las Contingencias Profesionales para trabajadores autónomos

El Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco, junto con Osalan – Instituto Vasco de Seguridad y Salud laboral, y con la colaboración de la Asociación Vasca de Autónomos AVA-ATA EUSKADI, ha considerado importante impulsar una campaña que permita subrayar los beneficios que supone la cobertura de las Contingencias Profesionales para las trabajadoras y los trabajadores autónomos.

Para facilitar su recuperación y rápida reincorporación al trabajo, las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, pondrán a disposición de todo autónomo y autónoma que tenga cubiertas las citadas contingencias profesionales, una serie de servicios, entre los que se encuentran la urgencia ambulatoria, la consulta médica y traumatológica, el tratamiento médico, la rehabilitación funcional o la hospitalización e intervenciones quirúrgicas.

Asimismo, si su enfermedad le incapacitase para trabajar, cobrará una prestación equivalente al 75% de su base de cotización, a partir del día siguiente de la baja médica, teniendo derecho a indemnizaciones en los casos de lesiones permanentes no invalidantes, incapacidad permanente o muerte.

Por otra parte, podrá acceder a ayudas sociales, dirigidas a trabajadoras y trabajadores autónomos en baja médica por contingencia profesional, que se encuentren en estado de necesidad, para hacer frente a la contratación de una persona que le pueda ayudar al mantenimiento de su actividad y a afrontar los gastos esenciales de la unidad familiar.

Para la contratación de esta cobertura, solamente tiene que cumplimentar el impreso (TA-521-1) y presentarlo, antes del 30 de septiembre, ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), siendo el cambio efectivo a partir del 1 de enero de 2018.

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