Warning: file_exists(): open_basedir restriction in effect. File(/var/www/vhosts/39945208.servicio-online.net/ingenierosbizkaia.eus/aios-bootstrap.php) is not within the allowed path(s): (/var/www/clients/client1/web64/web:/var/www/clients/client1/web64/private:/var/www/clients/client1/web64/tmp:/var/www/ingbiz.areaf5.es/web:/srv/www/ingbiz.areaf5.es/web:/usr/share/php5:/usr/share/php:/tmp:/usr/share/phpmyadmin:/etc/phpmyadmin:/var/lib/phpmyadmin:/dev/random:/dev/urandom) in /var/www/clients/client1/web64/web/wp-content/mu-plugins/aios-firewall-loader.php on line 3

Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the debug-bar domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /var/www/clients/client1/web64/web/wp-includes/functions.php on line 6260

Deprecated: ¡La función WP_Dependencies->add_data() ha sido llamada con un argumento que está obsoleto desde la versión 6.9.0! Los comentarios condicionales de IE los ignoran todos los navegadores compatibles. in /var/www/clients/client1/web64/web/wp-includes/functions.php on line 6260
Obligatoria la instalación de puntos de recarga eléctrica en las principales gasolineras | Ingenieros BIZKAIA

Obligatoria la instalación de puntos de recarga eléctrica en las principales gasolineras

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).

Las comunidades autónomas serán las responsables de notificar a las nuevas estaciones de servicio de combustibles y carburantes su obligación de instalar al menos un punto de recarga para vehículos eléctricos, según recoge la Orden TED/1009/2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Una próxima orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) concretará el listado de estaciones de suministro obligadas, más de un millar en todo el territorio nacional.

De acuerdo con el mandato de la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética, las estaciones de servicio con ventas superiores a los 10 millones de litros de gasolinas y gasóleos en 2019 deberán instalar al menos un punto de recarga de potencia igual o superior a 150 kW. Más de 200 gasolineras están incluidas en este grupo.

Además, las estaciones de servicio con ventas superiores a cinco millones de litros de gasolinas y gasóleos en 2019 tendrán que instalar al menos un punto de recarga de potencia igual o superior a 50 kW. Estos mismos requisitos afectan a las gasolineras con ventas inferiores a cinco millones de litros, pero que lideren las ventas de las provincias, islas o ciudades autónomas en que se hallen, siempre que no haya gasolineras con ventas superiores a cinco millones de litros. Más de 800 gasolineras están incluidas en ambos grupos.

Instalación de recarga en terrenos aledaños a la gasolinera

El titular de la estación de servicio podrá cumplir la obligación tanto si es el titular del punto recarga como si el titular es un tercero, siempre que el punto se ubique dentro de las instalaciones de suministro de combustible y carburante, o en los terrenos adyacentes, a una distancia máxima de 300 metros.

Hay tres excepciones a la obligación con carácter general: instalaciones que ya dispongan de un punto de recarga con las mismas características al que deban instalar; instalaciones que no puedan cumplir las condiciones técnicas o los requisitos de calidad y seguridad industrial que sean de aplicación; e instalaciones en las que sea inviable ejecutar la acometida eléctrica necesaria para el punto de recarga.

Compártenos

Deja un comentario

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (Ninguna valoración todavía)
Cargando...